1º Diario Digital------------ --------------------------- -------- ----------------------------------------------------------- ---- - Las Heras (Santa Cruz)
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Perez y Catrihuala claman Justicia
Alexis Pérez y Darío Catrihuala enviaron una carta a nuestra redacción para ser publicada en nuestro diarios digital, ellos realizaron la misma desde la cárcel donde se encuentran detenidos y pagando una condena sin haberse realizado el correspondiente juicio oral, en la misma manifestaron los siguientes:
“Soy Pérez Alexis y Catrihuala Darío involucrados en la causa Sayago.
Quiero expresar las cosas que desde hace tiempo la justicia pasa por alto en nuestra causa, llevando dos años y 1 mes de proceso, sin sentencia fija, seguimos pasando un gran calvario al no ser escuchado y siendo totalmente discriminado por la justicia, cuando ellos deben hacer valer las Leyes ante todos iguales, sin ningún tipo de discriminación social, ni clase de personas, pero ese articulo que sale en la Constitución Nacional solo se la hacen valer al que nace en una cuna de oro ¡ O sea el que tiene para pagar una fianza!.
No entiendo a la señora Graciela Ruata de Leone porque si bien es el tercer supuesto que permite la posibilidad de prorrogar el plazo genérico de dos años y 1 mes, se refiere al sujeto condenado, pero sin sentencia firme, situación en la cual yo Pérez y Catrihuala estamos procesados no lo es aplicable.
También encontramos la congregación de la libertad personal en los artículos 14/15/16 y especialmente en el articulo 18 nuestra Constitución Nacional, en su articulo 18 sostiene que nadie puede ser penado sin juicio previo fundado en la ley anterior al hecho del proceso.
Es decir que a pesar de no contener una cláusula expresa que reconozca los derechos a la excarcelación y la exención de prisión, esta en la naturaleza de los derechos que consagran el artículo 18 el eximio de prisión a la persona acusada de un delito mientras no se dicte la sentencia que lo condene, declarándolo culpable, porque solo la ley y la sentencia que la aplica, pueden privarlo de la libertad.
Pérez Alexis DNI 31.465.941
Catrihuala Darío DNI 30.202.932
De esta manera expresan los internos su situación, encontrándose en un caso muy complejo y sin poder encontrar una solución definitiva para tranquilidad de todos los familiares involucrados en esta situación , que hasta ahora solo tienen tristezas al no poder encontrar una resolución al conflicto, ya que ambas familias piden justicia..
13/3/08Puntarieles